Internacional – Primer varapalo judicial a la exigencia del certificado covid para ir al bar

La justicia canaria suspende el uso en las islas del pasaporte como salvoconducto en la hostelería, que también está en vigor en Galicia

Primer varapalo judicial a la controvertida decisión de algunas comunidades de exigir el certificado covid de vacunación para permitir la entrada en los locales de ocio.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias suspendió cautelarmente este jueves la medida impuesta por el Ejecutivo insular de reclamar el pasaporte europeo de inmunización o alguna prueba diagnóstica para acceder a bares, restaurantes y otros espacios públicos cerrados como gimnasios.

La Sala del TSJC ha basado su decisión en la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional así como del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que consideran que los «datos relativos a la salud están comprendidos dentro del derecho a la intimidad».

El Ejecutivo regional había establecido esta medida para las islas que se encontraban en nivel 4 (actualmente solo Tenerife) y requería que el 50% del aforo en el interior de los establecimientos estuviera cubierto con clientes vacunados con la pauta completa, con una prueba diagnóstica de infección activa realizada en las últimas 72 horas o con una certificación de haber pasado la enfermedad en los últimos seis meses. Esta norma había sido recurrida por una asociación de empresarios a los que la justicia ha dado ahora la razón. Al menos de manera provisional.

División
Por ahora, la exigencia del certificado para entrar en los bares, además de en Canarias, solo esta vigente en Galicia y quizás también pronto en Cantabria, donde el Gobierno regional ya ha pedido informes para implementarlo. Otras comunidades, como Cataluña, Madrid o la Comunidad Valenciana ya se han posicionado en contra de usar el certificado por el momento, por entender que existen antes hay que despejar las dudas legales sobre una utilización así del pasaporte.

Andalucía y Aragón ven con buenos ojos esta iniciativa, aunque todavía no ha dado el paso de aplicarla, mientras que Castilla-La Mancha no descarta este tipo de tamiz en los locales a través del certificado si hubiera un acuerdo nacional.

El Supremo, como ya ha sucedido con los toques de queda sin estado de alarma, podría sentar en breve doctrina si el Ejecutivo canario recurriera en casación exprés ante el alto tribunal la decisión de su Superior de no avalar el uso del pasaporte covid como salvoconducto en los bares.

Dudas
Sea como fuere, el Ministerio de Sanidad, que no tiene muy claro la legalidad de reclamar este documento a las puertas de los locales de hostelería, ya anunció este miércoles que, por el momento, no considera ningún otro uso de este pasaporte covid que no sea el aprobado por la UE, o sea el de facilitar los desplazamientos de la población vacunada.

Lo cierto, es que los servicios jurídicos del Estado desde el inicio han planteado serias dudas sobre la utilización del pasaporte covid para limitar derechos fundamentales. En primer lugar plantearon que podría ser inconstitucional usar este certificado como criba mientras el 100% de la población no haya tenido opción a ser vacunada, al suponer una clara discriminación con respecto a los que todavía no ha podido inmunizarse.

En segundo lugar, señalaron, como ha hecho ahora el TSJ Canario, que la reclamación de datos vacunales a las puertas de un bar sin garantías de confidencialidad podría violar el derecho a la intimidad.

Y en tercer lugar apuntaron a la posible ilegalidad de establecer una ‘pena de facto’ a una conducta (negarse a ser inoculado) que no está penalizada en la legislación actual. La mayoría de los juristas consultados por Moncloa y Sanidad cuando en primavera se trabajaba en la implantación del certificado coincidieron en que su uso para impedir la entrada a comercios no pasaría el «filtro del constitucional», en tanto en cuanto no se reforma la legislación actual.

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